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Disposición Nº 1/2011 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Citar: elDial.com - CC283E

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Texto Completo

Disposición Nº 1/2011 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
Bs. As., 13/06/2011
Publicación en B.O.: 21/06/2011
VISTO el Expediente Nº 35.400/11 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nº 19.587 y Nº 24.557, las Resoluciones S.R.T. Nº 552 de fecha 07 de diciembre de 2001, Nº 772 de fecha 29 de julio de 2009, Nº 550 de fecha 26 de abril de 2011, la Circular de la Gerencia de Control, Fiscalización y Auditoría (G.C.F. Y A.) Nº 002 de fecha 28 de marzo de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el artículo 36 de la Ley Nº 24.557 corresponde a esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) regular y supervisar el sistema instaurado por la Ley de Riesgos del Trabajo.
Que en dicho contexto, con fecha 07 de diciembre de 2001 se dictó la Resolución S.R.T. Nº 552 la cual estableció en el artículo 12 que es obligatorio para los empleadores de la industria de la construcción entregar a su Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) un Aviso de Obra en un plazo de CINCO (5) días hábiles antes del inicio de aquella.
Que el artículo 13 de la citada resolución determinó modalidades y plazos para la comunicación de dicho Aviso de Obra por parte de las A.R.T. a ésta S.R.T..
Que mediante la Circular Nº 002 de fecha 28 de marzo de 2003, la entonces Gerencia de Control, Fiscalización y Auditoría (G.C.F. y A.) estableció la modalidad, el formato y el contenido de la información a remitir por parte de las A.R.T. a fin de dar cumplimiento al mencionado artículo 13 de Resolución S.R.T. Nº 552/01.
Que con fecha 26 de abril de 2011 se dictó la Resolución S.R.T. Nº 550, a través de la cual se instauró un mecanismo de intervención más eficiente para las etapas de demolición de edificaciones existentes, excavación para subsuelos y ejecución de submuraciones, con el objeto de mejorar las medidas de seguridad preventivas, correctivas y de control en las obras en construcción.
Que a los efectos de facilitar la gestión de las obligaciones determinadas por dicha resolución, resulta conveniente adicionar a la información recogida hasta el momento mediante los Avisos de Obra, las fechas de inicio y de finalización de estas etapas específicas.
Que conforme lo expuesto, resulta necesario modificar la estructura de datos y derogar la Circular G.C.F. y A. Nº 002/03.
Que la Gerencia de Sistemas prestó su conformidad a la modificación de la estructura de datos contenida en la mencionada circular.
Que como ya se expresara, la Circular G.C.F. y A. Nº 002/03 fue oportunamente emitida por la entonces Gerencia de Control, Fiscalización y Auditoría, conforme las facultades que le fueran otorgadas por la Resolución S.R.T. Nº 180 de fecha 28 de junio de 2002, resultando continuadora de dicha unidad la Gerencia de Prevención en lo que respecta a la materia del presente proyecto, según las competencias determinadas por Resolución S.R.T. Nº 772 de fecha 29 de julio de 2009.
Que la Gerencia de Asuntos Legales ha intervenido en el ámbito de su competenciaQue la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas en la Resolución S.R.T. Nº 772/09.
Por ello,
EL GERENTE DE PREVENCION
DISPONE:
ARTICULO 1º — Establécese que a los efectos de comunicar a esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) los Avisos de Obra entregados por los empleadores a sus Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.), según lo prescripto en los artículos 12 y 13 de la Resolución S.R.T. Nº 552 de fecha 07 de diciembre de 2001, las A.R.T. deberán seguir las indicaciones establecidas en el Anexo que forma parte integrante de la presente disposición.
ARTICULO 2º — Derógase la Circular de la Gerencia de Control, Fiscalización y Auditoría (G.C.F. y A.) Nº 002 de fecha 28 de marzo de 2003.
ARTICULO 3º — La presente disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. LEONARDO J. DI PIETRO PAOLO, Gerente de Prevención, Superintendencia de Riesgos del Trabajo.


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